�Cu�nto sabes sobre...?
�Quienes hayan concluido su descanso postnatal antes de la entrada en vigencia de la ley N� 20.545 tienen derecho al descanso postnatal parental?
Quienes hayan terminado su descanso postnatal con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley N� 20.545, tienen derecho al permiso postnatal parental establecido en el inciso primero del art�culo 197 bis del C�digo del Trabajo, hasta la fecha en que el menor cumpla veinticuatro semanas de edad, seg�n se desprende de lo establecido en el inciso tercero del art�culo primero transitorio. El inciso cuarto de la misma norma agrega que, la trabajadora podr� reincorporarse a sus labores, de conformidad al inciso segundo del citado art�culo, hasta que el menor cumpla treinta semanas. La trabajadora deber� dar aviso a su empleador personalmente, dejando constancia escrita, o mediante carta certificada, en ambos casos con, a lo menos, cinco d�as de anticipaci�n a la fecha en que har� uso del mencionado permiso. Al efecto, deber� se�alar si har� uso del derecho a reincorporarse a sus labores, si corresponde. Adem�s, los trabajadores del sector privado deber�n enviar copia de dicho aviso a la Inspecci�n del Trabajo.