Dictámenes
Indemnización legal por años de servicio; Base cálculo; colación; movilización;
ORD. Nº1116/55
01-mar-1999
Niega lugar a la reconsideración del dictamen Nº 4.466-308, de 21.09.98.
ORD.: Nº1.116/055
MAT.: Indemnización legal por años de servicio Base cálculo colación movilización.
RDIC.: Niega lugar a la reconsideración del dictamen Nº 4.466-308, de 21.09.98.
ANT.: 1) Pase Nº 112 de 19.01.99, Sra. Directora del Trabajo.
2) Presentación de 12.01.99, Cámara Chilena de la Construcción.
FUENTES: Código del Trabajo, artículo 172.
FECHA: 01/03/1999
DE : DIRECTORA DEL TRABAJO
A : SR. PRESIDENTE CAMARA CHILENA DE LA CONSTRUCCION.
Mediante presentación citada en el antecedente 2) se ha solicitado reconsideración del dictamen Nº 446/308, de 21.09.98, el cual concluye que Para los efectos de calcular la indemnización legal por años de servicio y la sustitutiva del aviso previo, procede incluir las asignaciones de movilización y colación percibidas en forma mensual .
Sobre el particular, cúmpleme manifestar a Ud. que los argumentos en que se fundamenta la solicitud aludida fueron oportunamente analizados y ponderados con ocasión del estudio de los antecedentes que dieron origen a la conclusión arribada en el referido dictamen.
Atendido lo expuesto y habida consideración que los antecedentes aportados no permiten modificar lo resuelto en el documento aludido, cumplo con informar a Ud. que se niega lugar a la reconsideración del dictamen Nº 4.466-308, de 21.09.98.
Saluda a Ud.,
MARIA ESTER FERES NAZARALA
ABOGADA
DIRECTORA DEL TRABAJO