La normativa laboral vigente, establece dos tipos de responsabilidades para la empresa principal, la responsabilidad subsidiaria
y la responsabilidad solidaria. La diferencia entre una y otra es que la responsabilidad subsidiaria tiene lugar solamente
cuando la empresa principal ejerce los derechos de información y retención con respecto a sus contratistas o subcontratistas
según sea el caso, en cambio la responsabilidad solidaria se da en el contexto de que la empresa principal no ejerce esos
derechos.
subcontratación trabajador empleador contratista
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