Potestades, competencia, responsabilidades,funciones, atribuciones y/o tareas |
Fuente legal |
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La Dirección del Trabajo, que cuenta con personalidad jurídica y
patrimonio propio, es un servicio público de carácter descentralizado. |
Artículo 26º de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de
Bases Generales del Estado |
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Establece que en los servicios públicos, serán cargos de la
exclusiva confianza del Presidente de la República o de la autoridad
facultada para efectuar el nombramiento: los jefes superiores de los
servicios, los subdirectores, los directores regionales o jefaturas de
niveles jerárquicos equivalentes o superiores a dichas jefaturas, existentes
en la estructura del servicio, cualquiera sea su denominación. El (la)
Director (a) es un cargo de la exclusiva confianza del Presidente de la
Republica. |
Artículo 7º, letra c) de la Ley Nº 18.834, Estatuto
Administrativo y legislación complementaria. |
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La Dirección del Trabajo es un Servicio técnico. Le
corresponde, entre otras, las siguientes funciones: a) La fiscalización de la
aplicación de la legislación laboral; b) Fijar de oficio o a petición de
parte por medio de dictámenes el sentido y alcance de las leyes del trabajo;
c) La divulgación de los principios técnicos y sociales de la legislación
laboral; d) La realización de toda acción tendiente a prevenir y resolver los
conflictos del trabajo. |
Artículo 1º del DFL Nº 2 de 1967, Orgánica de la Dirección del
Trabajo. |
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Crea
nuevos cargos en la planta de fiscalizadores de la Direccion del Trabajo. |
Artículo
Unico del DFL Nº 2, de 2002, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
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Determina para el Ministerio del Trabajo y Previsión Social
y Servicios Públicos que indica, los cargos que tendrán la calidad dispuesta
en el artículo 7 bis de la Ley Nº 18.834 y cambia denominación que que
señala. |
Artículo 1º y 2º del DFL Nº 35, de 2004, del Ministerio de
Hacienda. |
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Fija, entre otras las facultades sancionatorias,
fiscalizadoras, de interpretación de la Dirección del Trabajo. |
DFL Nº 1 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, del 2003 |
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Es una Institución fiscalizadora,autonoma con Personalidad
Juridica |
Artículo Nº 2 del DL Nº 3.551 de 1980. |
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Estableció que corresponderá a los Inspectores del Trabajo la
fiscalización del cumplimiento de la obligación de los empleadores de enterar
las cotizaciones correspondientes en las Administradoras de Fondos de
Pensiones a que se encuentren afiliados los trabajadores. |
Artículo 19º, inciso 8º del DL Nº 3.500 de 1980. |
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Crea asignación de estímulo y desempeño y proporciona normas
sobre carrera funcionaria para los trabajadores de la Dirección del Trabajo. |
Articulo 1º de la Ley Nº 19.994, de 2004, del Ministerio del
Trabajo y Previsión Social |
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Bases para contratos administrativos de suministro y
prestación de Servicios. |
Ley Nº 19.886, de 2003. |
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Sobre remuneraciones de autoridades de gobierno y cargos
críticos de la Administración Pública. |
Ley Nº 19.863, del 6 de Febrero del 2003 del Ministerio de
Hacienda. |
Enlace |
Regula nuevas políticas de personal de los funcionarios
públicos que señala. |
Artículo 1º de la Ley Nº 19.882, de 2003, del Ministerio de
Hacienda |
Enlace |
Establece Bases de los procedimientos administrativos que rigen
los actos de los órganos de la Administración del Estado. |
Ley Nº 19.880, de 2003. |
Enlace |
Establece normas sobre Asociaciones de Funcionarios de la
Administración del Estado, prescribe que éstas estarán sujetas a la
fiscalización de la Dirección del Trabajo. |
El artículo 64 de la Ley Nº 19.296, del Ministerio del Trabajo y
Previsión Social, de 1994 |
Enlace |
Fija las actuales plantas del Personal de la Direccion del
Trabajo, estableciendo los requisitos vigentes para el ingreso y promocion de
sus plantas. |
Artículo 1º de la Ley Nº 19.240 |
Enlace |
Establece que corresponde a la Dirección del Trabajo la
fiscalización del cumplimiento por los empleadores de las obligaciones de
declarar y pagar las cotizaciones en las Instituciones de Salud Previsional
de quienes se hubieren afiliado a ellas. |
El inciso final del artículo 30 de la Ley Nº 18.933 (actual
artículo 185 del D.F.L. Nº 1, de 2005, del M. de Salud, que fija el texto
refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley Nº 2.763, de 1979 y de
las Leyes Nº 18.933 y Nº 18.469. |
Enlace |
Establece asignación de Modernización y otros beneficios que
indica. |
Artículo Nº 2 de la Ley Nº 19.553, de 4 de Febrero de 1998 del
Ministerio de Hacienda. |
Enlace |
Declara derogado el Decreto Nº 26, de 2001, Reglamento sobre el
secreto o reserva de los actos y documentos de la Administración del Estado. |
DS Nº 134, de 12 de Diciembre de 2005. |
Enlace |
Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre
contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. |
DS Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. |
Enlace |
Sobre concursos del Estatuto Administrativo. |
DS Nº 69 del, 31 de Marzo del 2004 del Ministerio de Hacienda. |
Enlace |
Reglamento para la aplicación de incremento por Desempeño
Colectivo del artículo 7 de la Ley Nº 19.553. |
DS Nº 983 del 2003 del Ministerio de Hacienda. |
Enlace |
Establece el reglamento especial de calificaciones para el
personal de las Direcciones del Trabajo. |
Artículo 1º del Decreto Nº 98 de 15 de Septiembre de 1999, del
Ministerio del Trabajo y Previsión Social. |
Enlace |
Que aprueba el Reglamento de autorización de licencias
médicas, establecen la obligatoriedad de los Servicios de Salud e ISAPRES de
informar las irregularidades que detecten a la Dirección del Trabajo, para la
aplicación de las sanciones que procedan. |
Artículo 57º del DS Nº 3 de 1984 del Ministerio de Salud. |
Enlace |
Reglamenta la constitución y funcionamiento de los Comités
Paritarios de Higiene y Seguridad, y establece las funciones que corresponden
a la Dirección del Trabajo en relación con la materia. |
DS Nº 54 de 1969 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social |
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FIJA EL TEXTO REFUNDIDO, COORDINADO Y SISTEMATIZADO DE LA
RESOLUCION Nº 55, DE 1992, DE LA CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA, QUE
ESTABLECE NORMAS SOBRE EXENCION DEL TRAMITE DE TOMA DE RAZON |
Resolución Nº 520 del 15 de Noviembre 1996 de la Contraloría
General de la República. |
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