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Convenio Colaboración Dirección del Trabajo y la Suseso

La Dirección del Trabajo ha suscrito con la Superintendencia de Seguridad Social un Convenio de Colaboración que permite a los usuarios de esta última entidad, poder acudir a las Inspecciones Provinciales del Trabajo cabecera de Región, para obtener información general acerca de los servicios que brinda la Superintendencia, conocer el estado en que se encuentra su trámite y efectuar la tramitación de solicitudes, reclamos y recursos de apelación en contra de las resoluciones y decisiones emanadas de los Organismos Administradores fiscalizados por la referida Superintendencia.

Las Inspecciones del Trabajo donde se podrán realizar estos trámites son las siguientes:

- Inspección Provincial del Trabajo de Copiapó, Atacama Nº 443, 2º piso, Copiapo

- Inspección Provincial del Trabajo de La Serena, Manuel A. Matta Nº 461, Oficina 200, La Serena

- Inspección Provincial del Trabajo Valparaíso, Blanco Sur Nº 1281, Valparaíso

- Inspección Provincial del Trabajo de Rancagua, Alameda Libertador Bernardo O'Higgins 347, Rancagua.

- Inspección Provincial del Trabajo de Talca , Dos Norte Nº 1303, Talca

- Inspección Provincial del Trabajo Temuco, Arturo Prat Nº 892, esquina San Martín, Temuco

- Inspección Provincial del Trabajo Valdivia, San Carlos 147, Valdivia

- Inspección Provincial del Trabajo Arica, 18 de Septiembre Nº 1352, Arica

Para la reclamación por el rechazo o reducción de licencias médicas el usuario deberá llenar un formulario, en cuyo reverso se indican los requisitos que debe cumplir según la causal de rechazó de la licencia médica de que se trate. Para los demás trámites la presentación es de formato libre, pero los escritos deben cumplir con los siguientes requisitos:

- Relación clara de los hechos que motiva el reclamo;

- Identificación de la Entidad en contra de la cual se reclama;

- Identificación del interesado (nombre completo, RUN o RUT, domicilio, E-mail y teléfono (si no dispone mencionar alguno para recado). Si concurre un tercero por la persona afectada, se debe acompañar poder;

-Acompañar la resolución de la Entidad Fiscalizada de que se trate y los demás antecedentes y medios de prueba que desee aportar.