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Certificado de depósito de reforma de estatutos
Documento que acredita que la organización ha depositado, dentro del plazo legal, el acta de reforma y los estatutos reformados en la Inspección del Trabajo respectiva.
¿En qué consiste?
Para obtener este certificado eque emite la Dirección del Trabajo, los dirigentes de organizaciones sindicales, dentro del plazo de 15 días corridos, contados desde la fecha en que se realizó la asamblea -ante un ministro de fe- donde se aprobó la reforma de estatutos, deben depositar el acta de esa reforma y los estatutos reformados en la Inspección del Trabajo respectiva, solicitando se certifique que realizó el trámite dentro de plazo.
¿A quién está dirigido?
A organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios.
Requisitos
Haber efectuado el depósito del acta dentro del plazo legal.
Documentos Requeridos
Al menos tres ejemplares del acta de reforma y de los estatutos reformados.
¿Dónde se realiza?
En la Inspección del Trabajo donde está registrada la organización.
Tiempo de realización
Aunque no existe plazo legal, el certificado es entregado dentro de un plazo máximo de 48 horas de efectuado el depósito.
Costo
No tiene costo.
Resultado
Certificado de depósito de reforma de estatutos.
Observaciones
- Este certificado sólo acredita que se dio cumplimiento al depósito dentro del plazo legal.
- El acta y los estatutos son revisados por la Dirección del Trabajo dentro del plazo de 90 días corridos, lapso en el cual pueden formularse observaciones al acto o a los estatutos.
- En ese evento, la organización tendrá 60 días para subsanarlas o reclamarlas en Tribunales. Vencido ese plazo, se emite el certificado que acredita el estado en que se encuentran los estatutos.
- Recomendación: Ver también los trámites Revisión de expedientes de constitución y reforma de estatutos de organizaciones sindicales y asociaciones de funcionarios y Certificado final del proceso de reforma de estatutos.
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