Permite generar espacios de comunicación y cooperación para abordar un conflicto laboral colectivo.
La mediación laboral es un modelo alternativo de solución de conflictos en el que las partes (trabajadores, trabajadoras, sindicatos, empleadores y empleadoras) ) buscan generar soluciones auxiliadas por un tercero imparcial, quien actúa como moderador para facilitar la comunicación y el diálogo.
{{mensaje[reloj]:El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web y oficinas de la Inspección del Trabajo.}}
Trabajadores, trabajadoras, sindicatos, empleadores y empleadoras que deseen acudir voluntariamente a mediación laboral.
Importante: antes de que la Dirección del Trabajo (DT) lo contacte para realizar la mediación, su solicitud será analizada para determinar si procede, lo que será comunicado a través de correo electrónico.
Ir al trámite en líneaImportante: Antes de que la Dirección del Trabajo (DT) lo contacte para realizar la mediación, su solicitud será analizada para determinar si procede, lo que será comunicado a través de correo electrónico.
El plazo para gestionar el requerimiento es de, aproximadamente, ocho semanas. No obstante, las partes y la persona que realice la mediación pueden definir un plazo mayor.
Decreto con fuerza de ley (DFL) N° 2, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (Ley Orgánica de la Dirección del Trabajo).